🧠 ¿Qué diferencia hay entre ETFs, acciones y fondos indexados?
- Acciones: participaciones de empresas cotizadas.
- ETFs (Exchange Traded Funds): fondos que replican índices y se negocian en bolsa, combinando diversificación con flexibilidad.
- Fondos indexados: productos gestionados pasivamente que replican índices, sin cotizar en bolsa pero con un enfoque similar.
Cada uno tiene un tratamiento fiscal distinto aunque se asemejan en varios aspectos.
📊 ¿Cómo tributan?
🔹 Ganancias/pérdidas patrimoniales (acciones y ETFs)
- Se generan cuando vendes o permutas por más o menos valor al de compra.
- Se declaran en el IRPF, base del ahorro:
- Hasta 6.000 € → 19%
- 6.000–50.000 € → 21%
- 50.000–200.000 € → 23%
- 200.000–300.000 € → 27%
- Más de 300.000 € → 28%
🔹 Dividendos (acciones y algunos ETFs)
- Se consideran rendimientos del capital mobiliario.
- También tributan en la base del ahorro, con los mismos tramos.
- Hay retención en origen del 19 % sobre los pagos durante el año fiscal.
🔹 Reembolsos (fondos indexados)
- Al vender participaciones, se genera una ganancia o pérdida patrimonial similar a acciones.
- No hay retención automática, por lo que debes calcularla al hacer la declaración.
🔹 Intercambios entre fondos o ETFs
- Cambiar uno por otro constituye una permuta.
- Igual que en acciones, tributas por la ganancia neta obtenida en el momento del cambio.
🧾 ¿Qué modelos fiscales debes presentar?
- Modelo 100 – Declaración de la Renta
Declara ganancias/pérdidas patrimoniales y dividendos. - Modelo D-6
Si los ETFs o fondos están en el extranjero y superas un cierto saldo, debes reportarlo a través de este modelo entre enero y febrero.
📅 Fechas clave en 2025
- 1 de enero – 31 de diciembre de 2025: año fiscal
- Abril – junio de 2026: campaña de la Renta 2025
- Enero – febrero de 2026: plazo modelo D‑6 si corresponde
📎 Documentación necesaria
- Extractos de compra/venta o reembolso con fecha, nº de títulos o participaciones, precio y comisiones
- Justificantes de dividendos recibidos
- Saldos de inversión a cierre de año
- Información de entidades extranjeras (si aplica)
🛠️ Buenas prácticas para ahorrar impuestos y evitar errores
- Compensar pérdidas y ganancias: se puede compensar hasta el 25 % de los rendimientos del ahorro.
- Planificar reembolsos: agrupa ventas en años con beneficios bajos para tributar menos.
- Mover inversiones con sesgo fiscal: mantiene una cartera equilibrada sin incurrir en tributación no necesaria.
- Usar fondos con política de distribución acumulativa si quieres reinvertir sin pagar impuestos cada año.
- Revisar el modelo D‑6 si tienes fondos o ETFs en el extranjero; evita sanciones.
🎯 Recomendaciones finales
Aconsejable llevar control organizado mediante plataformas (bróker, bancos o hojas personales). Si tienes una cartera compleja o con inversiones en el extranjero, puede ser útil consultar a un asesor fiscal especializado en inversiones.
🧩 Conclusiones
En 2025, la tributación de ETFs, acciones y fondos indexados en España sigue un sistema coherente basado en las ganancias patrimoniales y rendimientos del capital mobiliario. A pesar de las posibilidades que ofrecen estos instrumentos (diversificación, ahorro, rentabilidad), la clave está en planificar bien ventas, reinversiones y compensaciones de pérdidas.
El uso de modelos fiscales adecuados (modelo D‑6 si corresponde) y la organización documental durante todo el año serán fundamentales para cumplir con Hacienda, minimizar impuestos y evitar sanciones innecesarias. Con un enfoque estratégico y ordenado, puedes disfrutar de los beneficios de estas inversiones sin sobresaltos fiscales.
Este contenido tiene fines informativos y educativos. Cada persona debe valorar su situación antes de tomar decisiones financieras. En ningún momento es una recomendación de inversión.